De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de Ordenanza de patrocinio del Ayuntamiento de Espejo , se recaba la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en el siguiente cuestionario durante el plazo de 10 días naturales a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en la web municipal, mediante su presentación en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa:
Regular la aceptación de patrocinios y cómo regular los otorgados por el ayuntamiento
-Necesidad y Oportunidad de su aprobación:
Regular la aceptación de patrocinios y cómo regular los otorgados por el ayuntamiento
– Objetivos de la norma:
Regular la aceptación de patrocinios y cómo regular los otorgados por el ayuntamiento
Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatoria: Resulta preciso su aprobación porque actualmente este municipio carece de regulación.
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